Las costas en los juicios de faltas sobre accidentes de circulación

Accidentes de tráfico

A pesar de que la regla general es la imposición de costas, incluyendo las de la Acusación Particular, a los criminalmente responsables de todo delito o falta, en los supuestos de juicios de faltas al no ser preceptivo la intervención de Abogado y Procurador, esa condena en costas no era incluida en las correspondientes tasaciones. Ahora bien, la reciente doctrina jurisprudencial está cambiando, y a la hora de hacer expresa condena en costas de la Acusación Particular sigue determinados criterios para su imposición, como es la complejidad del conflicto.

En este sentido, en temas relacionados con accidentes de circulación, dónde al margen de la pena para el conductor responsable, se están discutiendo temas de gran envergadura relacionados con la indemnización que pueda corresponder a la víctima, (secuelas, días de incapacidad, factores de corrección, incapacidades, etc), y cuando además, las aseguradoras suelen acudir a estos juicios acompañadas de diferentes peritos, como peritos valoradores de los daños, reconstructores de accidentes, detectives, etc, se considera que la asistencia a juicios de estos profesionales es del todo necesaria, no pudiéndose calificar nunca de superflua su intervención y, con ello, atendiendo a la complejidad derivada de estos procedimientos se están imponiendo las costas de la acusación particular.

De este modo los gastos derivados de la defensa del perjudicado se desplazan hacia el condenado como medio de evitar que se incremente el daño económico a la víctima

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